24 noviembre, 2016 10:08


Por unanimidad, determinaron la admisibilidad del Juicio Político a Chiara Díaz

La Comisión de Asuntos Constitucionales se reunió para abordar el expediente que promueve denuncia de Juicio Político contra el Vocal del STJ, Carlos Alberto Chiara Díaz. Emitieron un dictamen que da inicio a la etapa de investigación.

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La Comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento se reunió para abordar el Expediente Administrativo 2.598 por el que se promueve denuncia de Juicio Político contra el Vocal del Superior Tribunal de Justicia, Carlos Alberto Chiara Díaz.

Las causales por las que solicitó que se lo investigue son las ausencias en su despacho por viajar a dar clases y una supuesta la utilización irregular de viáticos. Es así que se libraron una serie de medidas de prueba con diferentes oficios y solicitudes de informes a facultades, al mismo Superior Tribunal de Justicia, al Juzgado Nacional de Primera Instancia en la Civil N° 25 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, empresas aéreas y al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

«No puede seguir ocupando un lugar en el máximo tribunal un juez que diseña toda una estrategia de entramados y mentiras para no ir a trabajar a su despacho y que todos los entrerrianos le solventemos su vida paralela y sus trabajos paralelos», señaló el abogado peronista del Frente Renovador de Victoria, Carlos Guillermo Reggiardo. Y agregó: «Desde hace mucho tiempo, uno, dos y hasta tres días a la semana abandona sus tareas en el Superior Tribunal para realizar otras actividades que en nada se relacionan a las funciones que la Constitución provincial le asigna a los magistrados».

En la misma la comisión determinó por unanimidad la admisibilidad del juicio político, la apertura de etapa investigativa que es la función constitucional que tiene la comisión de juicio político.

En virtud de ello se dispuso no solamente la citación y el traslado de la denuncia al denunciado que es doctor Chiara Díaz como vocal del Superior Tribunal de Justicia para que ejerza su derecho a defensa, su descargo para que aporte las pruebas que estime pertinentes en el ejercicio de su defensa como así también haga uso del derecho de asistir o no a la comisión, para lo cual la comisión dispondrá recibirlo para escucharlo, que es un mandato constitucional.

También se libraron una serie de medidas de prueba, que tiene que ver con diferentes oficios o solicitud de informe que la comisión en el ejercicio de sus facultades ha hecho a diferentes universidades, a diferentes estamentos, al Superior Tribunal de Justicia.

La Comisión tiene un plazo que fija la constitución que son 30 días corridos que empezaron a correrse a partir del ingreso al seno de la Comisión, el día posterior a que se ingresó la denuncia por mesa de entradas en la Cámara.

Vamos a trabajar para que la comisión tenga los tiempos suficientes, para que el denunciado tome intervención, ejerza su derecho de defensa, haga control de la prueba y tengamos los elementos suficientes para que podamos emitir un dictamen cuando el tiempo lo permita dentro de estos 30 días., las más amplias facultades para ello. Disponiendo correr traslado de la denuncia con copia de la misma, comunicar las medidas de prueba que se ordenen, y citar al denunciado para que en el plazo perentorio e improrrogable de seis días corridos, comparezca personalmente, por escrito y/o por apoderado, constituya domicilio a los efectos de la tramitación de la investigación, ofrezca la prueba que estime conveniente y manifieste la intención de ejercer o no el derecho de ser oído en el seno de la comisión, y aclara, que la incomparecencia del denunciado o su inacción no constituirán impedimento para la prosecución de las actuaciones.

A su vez, se dispone la producción de las medidas de prueba, en el marco de las facultades conferidas por el Art. 14 de la Constitución provincial, como librar oficio al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, distintas Universidades, al Juzgado Nacional de Primera Instancia en la Civil N° 25 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, empresas aéreas, y al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

También se establecieron las pautas para el procedimiento de investigación, a fin de garantizar el derecho de defensa del acusado, la producción de las pruebas y la celeridad de la investigación, atendiendo a plazo establecido en el Art. 13 de las Constitución Provincial y en orden a la proximidad de la finalización del período legislativo.

Participaron de la reunión los diputados Diego Lara, Jorge Monge, Gustavo Zavallo, Rosario Romero, Gabriela Lena, Esteban Vitor, Alejandro Bahler, María Elena Tassitro, Juan Navarro, María Alejandra Viola, Juan Bahillo, Pedro Báez, Gustavo Guzmán y Ángel Vázquez.

El presidente de la Comisión, Dr. Diego Lara, manifestó que «La comisión determinó por unanimidad la admisibilidad del juicio político, la apertura de etapa investigativa que es la función constitucional que tiene la comisión de juicio político».

«En virtud de ello se dispuso no solamente la citación y el traslado de la denuncia al denunciado que es doctor Chiara Díaz como vocal del superior tribunal de justicia para que ejerza su derecho a defensa, su descargo para que aporte las pruebas que estime pertinentes en el ejercicio de su defensa como así también haga uso del derecho de asistir o no a la comisión, para lo cual la comisión dispondrá recibirlo para escucharlo, que es un mandato constitucional», remarcó.

«También se libraron una serie de medidas de prueba, que tiene que ver con diferentes oficios o solicitud de informe que la comisión en el ejercicio de sus facultades ha hecho a diferentes universidades, a diferentes estamentos, al Superior Tribunal de Justicia».

«Vamos a trabajar para que la comisión tenga los tiempos suficientes, para que el denunciado tome intervención, ejerza su derecho de defensa, haga control de la prueba y tengamos los elementos suficientes para que podamos emitir un dictamen cuando el tiempo lo permita dentro de estos 30 días», finalizó.

Fuente: El Once.


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