1 septiembre, 2017 11:55


El gobierno provincial deberá indemnizar a los policías que se amotinaron en 2013

La Justicia condenó al Estado entrerriano a pagarles un resarcimiento a 16 de los 18 efectivos que participaron del alzamiento en Concordia. Es porque fueron encarcelados en condiciones «vejatorias».

policías sediciosos

La Justicia condenó al Estado provincial a pagarles una indemnización en concepto de «daño moral» a 16 de los 18 policías que participaron del alzamiento en Concordia, en diciembre de 2013, y que, según el fallo, fueron encarcelados en unidades penitenciarias en condiciones que «resultaron vejatorias» para personas sobre las cuales recaía la presunción de inocencia.

La resolución fue adoptada en el marco de la causa «Carlino, Luis Roberto Jesús y Otros c/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/ Ordinario» (Expte. Nº 7174)», y fue firmada por el juez Gabriel Belén, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 2, de Concordia. El magistrado condenó al Estado a pagarles $18.000 a cada uno de los policías acusados por sedición, con más los intereses, por las condiciones en la que permanecieron detenidos durante 123 días, hasta recuperar la libertad.

Patrocinado por el abogado Enrique Oscar Bacigaluppe, los policías reclamaron «el resarcimiento de los daños y perjuicios derivados de los agravios» que dicen haber sufrido durante el tiempo que duró su detención en las Unidades Penales Nº 8 de Federal y Nº 1 de Paraná. Todos fueron detenidos el 6 de febrero de 2014, «habiéndoselos trasladado de la jurisdicción antes de contar con abogado defensor, en violación a los principios constitucionales; que, como consecuencia del proceso penal iniciado en su contra, se les redujo el salario en un 50%, lo que les imposibilitó un acercamiento familiar fluido debido a la distancia y gastos que implicaba su traslado; que fueron aislados, sin contacto telefónico; que la mayor parte del día eran alojados en pequeñas celdas con sólo una cama y un pequeño ventiluz; que por las noches se los encerraba con candados; que debían gritar para poder acceder a los baños, el cual era común para todo el pabellón; que a raíz de estas condiciones inhumanas en las que se encontraban, se interpuso un Hábeas Corpus Correctivo en favor de todos los detenidos; que la sentencia de dicho expediente ordenó que se dispongan las medidas necesarias para asegurar a los amparados las garantías constitucionales, reduciendo el tiempo de aislamiento, permitiendo las comunicaciones con el exterior, condiciones sanitarias y servicios médicos; que debían soportar los agravios y agresiones de los demás detenidos».

Enterados del fallo adverso, desde la Fiscalía de Estado anunciaron que apelarán el fallo del juez Belén.

La causa penal de fondo por el levantamiento de los policías der Concordia, en 2013, todavía no se ha resuelto. Un primer fallo del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia, de julio de 2015, les aplicó penas de entre 3 y 4 años de prisión, al hallarlos culpables del delito de sedición agravada (por la función pública que desempeñaban), por los episodios del 8 y 9 de diciembre de 2013 en la Jefatura de Policía Departamental de Concordia.

La sentencia fue apelada, y llegó a la Cámara de Casación Penal, que en mayo de 2016 agravó las figuras penales que se les imputaron a los policías, pero anuló las penas impuestas a los policías. Pero los abogados defensores no estuvieron de acuerdo con esa resolución, y recurrieron la nueva calificación penal, sedición agravada concursado con privación ilegítima de libertad, lesiones, e interpusieron un recurso extraordinario que está a resolución de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

El máximo organismo judicial de momento no ha fijado fecha para tratar ese incidente, y la causa está en veremos.

Fuente: Entre Ríos Ahora


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