10 noviembre, 2018 15:48
Por ley Provincial 10.175 que ahora fue reglamentada, los tenedores y usuarios de CÁMARA DE SEGURIDAD PRIVADAS y/o PUBLICAS, que graben o no DEBERÁN REGISTRAR ante el REGISTRO A CARGO DE POLICÍA PROVINCIAL
Deberá realizar el tramite en forma DIGITAL a través de un link que se puede encontrar en la página web de la POLICÍA PROVINCIAL o personalmente. Y ya fue notificada a muchos tenedores
La información a suministrar tiene que ver con la titularidad, la ubicación, los datos técnicos, su funcionamiento y demás requisitos que se incluyen en formulario creado a este efecto.
La noticia es muy positiva ya que suma a la videograbación que realiza la fuerza de seguridad una cantidad muy importante de horas de grabación que cada vez es más importante para el desarrollo de acciones de PREVENCIÓN, combate y persecución del DELITO e investigación de SINIESTRALIDAD en el TRÁNSITO