30 julio, 2020 15:31


TELETRABAJO NUEVA LEY

El Senado tratará este jueves, y probablemente convierta en ley, el proyecto para regular el teletrabajo, que a pesar de las críticas será votado sin modificaciones, con el mismo texto que fue aprobado en Diputados, con la promesa de que en la reglamentación el Ejecutivo retocará «lo que haya que mejorar».

El proyecto establece que los trabajadores bajo esta modalidad gozarán de los mismos derechos y obligaciones y de la misma remuneración que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial, y que los convenios colectivos de cada actividad, «deben prever una combinación entre prestaciones presenciales y por teletrabajo»

Además, consagra el derecho a la desconexión digital fuera de la jornada laboral y durante los períodos de licencia, indicando que «el empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral». Este punto es cuestionado por las empresas ya que es común que las empresas manden comunicaciones masivas a sus empleados, o mails desde filiales que trabajan en otros horarios, con lo cual la norma resultaría impracticable.

Proyecto de ley de Teletrabajo

Texto que tiene media sanción en Diputados.


“Fijar jornadas de trabajo y que el empleador no pueda remitir comunicación después de cierto horario es impracticable, difícil de verificar e incompatible con algunos horarios que se manejan», había planteado Daniel Funes de Roja de la UIA. «Hay que tener en cuenta que también hay contratos mixtos; con días de teletrabajo y otros presenciales. Y que hay pautas por objetivo más que por horas. El teletrabajo se basa en la confianza y credibilidad. Es una vía idónea y esperamos que no se convierta en una vía de la informalidad, sino que todos podamos cumplir la ley, que sea una ley justa”, había dicho.

La norma también establece que «el empleador debe proporcionar el equipamiento – hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja» y que «tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar». Esa compensación «operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva, y quedará exenta del impuesto a las Ganancias».

Teletrabajo

Sobre este punto, las empresas pidieron que esas herramientas de trabajo y la eventual cobertura de gastos para el empleado “no sean remunerativos”.

En su artículo 8, la ley señala que «el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación». Este artículo también fue criticado desde las cámaras empresarias. Alegan que va contra los artículos 64 y 65 de la Ley de Contrato de Trabajo, que le otorgan al empleador la facultad de organización y dirección de la empresa.

«Si un trabajador decide revertir su situación de un viernes para un lunes, ¿cómo hacés para organizarte? Tendrías que tener tantos escritorios como empleados tengas para prever esta situación. Y ¿qué pasa si no se lo podés ofrecer? ¿Qué pasa si se va a un retención de tareas o a un conflicto?», cuestiona Esteban Mancuso, coordinador de Asuntos Laborales de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios.

El artículo indica que, ante el pedido de reversibilidad de un trabajador el empleador le deberá otorgar tareas en el establecimiento «salvo que por motivos fundados resulte imposible la satisfacción de tal deber». Según Mancuso, «es una laguna sujeta a interpretación de un juez. Es una ley que nos acerca más al conflicto que al acuerdo».

Las empresas buscaban incorporar la posibilidad de que sea la compañía la que pueda también revertir la modalidad. Y que en el caso de que el trabajo se hubiera iniciado de manera remota, la reversibilidad sea consensuada.

La ley contempla en su artículo sexto la disponibilidad de tiempo para las «tareas de cuidado» de los trabajadores, lo que según sostienen desde las empresas podría complicar la operatoria e incluso ser discriminatorio con los empleados que trabajan en forma presencial.


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