Con el impulso del nuevo Código Procesal Penal se pasa de un proceso inquisitorio -o levemente mixto- a uno definitivamente acusatorio. Garantiza la defensa, limita el abuso del juez y participa a la víctima.
Es uno de los puntos destacados de las modificaciones procesales impulsadas por el Ejecutivo y refrendada por el más amplio espectro del ámbito judicial: el sistema acusatorio, que reemplazará al inquisitorio actual, busca propiciar mayores garantías, celeridad y oralidad en los procesos.
Quizás el elemento más visible sea la separación de las funciones de investigación y juzgamiento: mientras que en el sistema inquisitivo ambos procedimientos estaban a cargo del Juez; el sistema acusatorio obliga a la existencia de dos etapas separadas, el fiscal investiga -con juez de garantías que vele por el correcto desempeño- y el juez -de juicio oral- juzga. Garantiza mayor imparcialidad.
De este modo, además, se limita la adopción de medidas cautelares por parte de la Justicia -siempre que no fuera estrictamente necesario- como la prisión preventiva. El nuevo modelo refuerza la presunción de inocencia y se investiga para acusar -no al revés.
También se eliminan los escritos y se universaliza la oralidad de los procesos judiciales. La publicidad, la celeridad y la concentración son principios básicos en este sistema.
Por otro lado, la instrucción que lleva a cabo el fiscal adolece -a partir de la implementación del nuevo sistema- de valor probatorio: solo prepara el juicio y se le quita la formalidad. De este modo, se garantiza el principio de contradicción y la correcta defensa, ya que no es sino hasta el momento del juicio en que la mayor parte de acusados y víctimas pueden acceder a las causas y pruebas.
Por último, según los manuales de derecho penal, el sistema acusatorio persigue un objetivo distinto al inquisitivo: abandona la persecución del castigo al culpable y adopta, en cambio, la noción del procedimiento penal como elemento para solucionar conflictos. Se hace mayor foco en la víctima y sus necesidades. De allí se desprende que se busquen alternativas de mediación cuando fuera posible.