20 diciembre, 2017 12:19


Anticipan una ola de juicios en contra de la reforma previsional

La aprobación en el Congreso de la reforma previsional abre la ventana a juicios que buscarán pedir la inconstitucionalidad de la ley. Reclamos por nueva fórmula.

cacerolazo

La reforma previsional, aprobada en la madrugada de ayer, provocará una ola de presentaciones ante la Justicia: no sólo el cambio en la fórmula para calcular los haberes se traducirá en demandas, sino también otros cambios introducidos, como la posibilidad de jubilarse a los 70. Los abogados consultados aseguran que se podrá pedir la inconstitucionalidad de la ley y vaticinan que la litigiosidad se podrá hasta triplicar.

«Hay algunas cuestiones en la ley que son bastante llamativas, que van a generar medidas cautelares y amparos», sostuvo Federico Despoulis, abogado previsionalista, del estudio Fernández Cerone y Despoulis Netri. Señaló que la ley es inconstitucional, en particular en dos artículos, el 7 y el 8. «El 7 permite que el trabajador siga en actividad hasta los 70, pero el 8 dice que desde los 65 años no se le van a hacer más aportes y contribuciones. Entonces, si bien puede seguir, va a surgir una dificultad de calcular el haber en base a los 10 últimos años», señaló.

Así, en la ley se lee el artículo 7, que dispone que «a partir de que el trabajador cumpla setenta (70) años de edad y reúna los requisitos necesarios para acceder a la prestación básica universal (PBU) establecida en el artículo 17, inciso a), de la ley 24.241 y sus modificaciones, el empleador podrá intimarlo a que inicie los trámites pertinentes, extendiéndole los certificados de servicios y demás documentación necesaria a esos fines».

Mientras que en el artículo 8 se detalla que «a partir de que el trabajador reúna los requisitos necesarios para acceder a la prestación básica universal (PBU) establecida en el artículo 17, inciso a), de la ley 24.241 y sus modificaciones, el empleador deberá ingresar los aportes del trabajador y con respecto a las contribuciones patronales».

«Estos dos artículos no pueden estar dentro de la ley. Van a generar una catarata de juicios, primero contra el empleador, aunque este se ajusta a lo que dice la ley. Esto es gravísimo», sentenció este abogado. Y detalló que «si en los últimos 10 años hay cinco con aportes y cinco sin, con cuánto me jubilo; este aspecto es aún más grave que la movilidad». Aseguró que estos aspectos «van a duplicar o triplicar la litigiosidad, no sólo a nivel provisional sino también en lo laboral».

Por su parte, Christian DAlessandro, director del Instituto de Derecho de Personas Mayores de Morón, puso el foco en el cálculo de la movilidad previsional. «Son dos vías distintas las presentaciones judiciales que se pueden hacer: solicitar la inconstitucionalidad de la norma y un juicio de reajuste», explicó.

La norma previsional, que en medio de fuertes reclamos el jueves de la semana pasada y este lunes, se sancionó ayer en Diputados. Se modifica la manera de calcular los haberes previsionales. Hasta ahora, la ley de movilidad de 2009 se basaba en la evolución de recaudación de ingresos impositivos y de los salarios, de manera semestral, en marzo y en septiembre. El cálculo con la nueva modalidad contempla una evolución de los haberes que responde en un 70% a la variación trimestral de inflación y, el 30%, a los salarios.

«Va a haber una estampida por juicio de reajuste. El haber del jubilado siempre fue malo, en algunos períodos más y en otros menos, pero las demandas por intentar mantener la calidad de vida del salario implicó oleadas de juicios en el pasado», dijo DAlessandro. De hecho, el más conocido de los caso, el «fallo Badaro», sentó precedente.

También señaló que la posibilidad de jubilarse a los 70, aunque es opcional, se va a terminar transformando en obligatorio.

El abogado previsionalista, Adrián Tróccoli, reconoció que va a haber más presentaciones en la Justicia, en dos casos. Por un lado los que pidan «que les paguen más en marzo, principalmente porque el cambio de semestre a trimestre genera que durante seis meses al año se produzca una atraso en el aumento y esto es regresivo, por lo tanto contrario a pactos internacionales». Otro caso que identificó es los empleados del Estado, que no van a querer retirarse a los 65. «Estos van a ser amparos con respuestas inmediatas», aseguró.

El intendente de San Martín, Gabriel Katopadis, acompañó ayer a un grupo de presidentes de centros de jubilados del distrito que gobierna y presentaron los primeros amparos ante la Justicia para declarar inconstitucional la reforma previsional.

Fuente: EL CRONISTA.


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