4 mayo, 2021 14:08


RESTRICCIONES EN CONCORDIA: CIERRE DE GIMNASIOS, INSTITUTOS DE DANZA Y CASAS DE CUMPLEAÑOS. NUEVO DECRETO PROVINCIAL

El Decreto Provincial n° 287/21 rige en toda la provincia de Entre Ríos, y determina las restricciones que se implementan en determinadas ciudades como Concordia, entre otras. Según la norma provincial, por esta semana se suspende la presencialidad en las escuelas, en todos sus niveles, como así también se determina el cierre de gimnasios, institutos de danzas, cines, casas de cumpleaños, y establece el cierre de locales gastronómicos a las 23 horas.

La normativa provincial entró en vigencia este lunes y en las ciudades consideradas de alto riesgo epidemiológico, entre ellas Concordia, aplica una serie de nuevas restricciones.

A la suspensión de la presencialidad en las escuelas, se suman otras disposiciones que afectan la actividad en la ciudad.

El Decreto, establece la prohibición de reuniones sociales en domicilios particulares. Mientras que permite las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de hasta 10 personas. Y da continuidad a la prohibición de permanecer en espacios públicos después de las 20 hs. Como así también se da continuidad a la prohibición de circulación en la vía pública para cualquier persona en el horario de 0 a 6 horas, salvo para trabajadores esenciales.

A su vez establece la prohibición de la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados en cualquier horario. Esto significa el cierre de gimnasios, natarorios y canchas de futbol 5 cerradas, entre otros.

Determina la prohibición de apertura salones de fiestas, casas de cumpleaños y casinos.

Explícitamente el Decreto Provincial prohibe la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas. Como así también prohíbe la apertura de cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, entre los que se encuentran los institutos de danza, entre otros.

Respecto al funcionamiento de Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) determina que deben estar cerrados entre las 23 horas y las 6 horas del día siguiente.

El aforo en comercios y espacios cerrados de los locales gastronómicos se reduce a un 30%.


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