El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº2, a cargo del juez Esteban Furnari, admitió tramitar la presentación que la CTA y otras organizaciones hicieron contra el DNU de Javier Milei.
«Admitir que la presente acción tramite como amparo colectivo en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional», reza el primer artículo del registro judicial dado a conocer por el tribunal a cargo de Furnari.
En la presentación argumentaron que la iniciativa constituye una «desviación de poder y un abuso de derecho público, por violar el principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes”.
El objeto de la demanda pretende obtener la declaración de inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y de toda normativa o acto que derive de su vigencia o que fue dictado en su cumplimiento, por violar la Constitución de la Nación Argentina (arts. 29, 33, 36, 76; art. 75, incisos 18 y 19, art. 99, inciso 3) y por constituir el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público.