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11th mayo, 2022, 9:39 AM

La Dirección de Rentas de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Concordia informa que la fecha del segundo vencimiento del impuesto automotor 2022 opera el 8 de junio.

Para retirar las boletas de pago podrán acercarse a las oficinas de la división automotor de la Dirección de Rentas Municipal (Centro Cívico, Mitre y Pellegrini, 2do piso) de Lunes a Viernes de 7,00 a 13,00 hs.

3rd marzo, 2022, 3:36 PM

La Cámara Federal de Resistencia ordenó suspender la retención de Impuesto a las Ganancias a los haberes de un jubilado, hasta tanto se dicte la sentencia definitiva en la acción principal.

El jubilado solicitó medida cautelar innovativa a los fines de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se abstenga de ordenar la retención como materia imponible del Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes previsionales hasta tanto se dicte sentencia en la presente causa.

El hombre es jubilado de la Provincia del Chaco, beneficiario del Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos, pero dicha entidad, desde el otorgamiento del beneficio, efectuó las retenciones, según consta en la causa.

Para las juezas, “resulta innegable que exonerar al actor de la aplicación del impuesto no generará al Estado un perjuicio de consideración, desde que de resolverse la cuestión de fondo en sentido contrario, el organismo fiscal mantendrá la posibilidad de percibir las sumas retroactivas del impuesto no liquidado”.

En primera instancia se rechazó la medida cautelar por “no haberse acreditado una especial situación de vulnerabilidad que importe señalar, en este limitado espacio cognoscitivo, que la normativa reseñada produzca en el requirente una vulneración de los derechos fundamentales previstos en la normativa constitucional”.

Las camaristas María Delfina Denogens, Rocío Alcalá y Patricia García analizaron los regímenes diferenciales y advirtieron que “no puede ser invocado para justificar la negativa a eximir del impuesto en consideración”

Para las juezas, “resulta innegable que exonerar al actor de la aplicación del impuesto no generará al Estado un perjuicio de consideración, desde que de resolverse la cuestión de fondo en sentido contrario, el organismo fiscal mantendrá la posibilidad de percibir las sumas retroactivas del impuesto no liquidado”.

Y concluyeron: “Por el contrario, aplicar sobre los haberes del jubilado dicha carga impositiva repercutiría de manera negativa en su patrimonio, pudiendo generarle un perjuicio de difícil o imposible reparación ulterior”.

1st diciembre, 2021, 12:25 PM

El Gobierno postergó este miércoles la suba de impuestos a las naftas que se esperaba para hoy. Así lo dispuso a través de un decreto publicado en el Boletín Oficialy estableció que se aplicará recién el 1 de marzo de 2022.

Está establecido que los impuestos a los combustibles se actualizan en forma trimestralde acuerdo al Índice de Precios al Consumidor que mide el Indec. No obstante, desde finales de la administración de Mauricio Macri y en varias oportunidades durante la gestión de Alberto Fernández se fueron trasladando hacia adelante para evitar incrementos en las estaciones de servicio.

Según se revisó en el decreto 820/2021 firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Luis Manzur, y el ministro de Economía, Martín Guzmán, en la actualidad, conforme a lo dispuesto por el Decreto N°352/21, “el incremento en los montos de impuestos precitados derivados de las actualizaciones correspondientes al primer y segundo trimestres calendario del año 2021, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil”se encontraban postergados hasta el 30 de noviembre inclusive.

Asimismo, explicaron que debido a que se trata de impuestos al consumo, y dado que la demanda de las naftas líquidas es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles. Por tanto, con el fin de asegurar “una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios”, el Gobierno decidió postergar una vez más este incremento.

En la medida mencionaron que el oficialismo busca tratar en el Congreso de la Nación el Proyecto de Ley del Régimen de Promoción de Inversiones Hidrocarburíferas, impulsada por el Poder Ejecutivo, que plantea una reforma de los impuestos en cuestión para establecer el tributo como alícuotas porcentuales del precio de los combustibles líquidos y no como una actualización trimestral por inflación.

La última vez que aumentaron los precios de los combustibles en la Argentina fue el 16 de mayo pasado, hace más de seis meses. En un país con devaluación de la moneda del 1% mensual e inflación arriba del 3%, más los factores externos, como el incremento de 24% de la cotización del Brent (el valor internacional del barril de petróleo que se toma de referencia en el mercado doméstico), la cámara que agrupa a las 5006 estaciones de servicio del país, Cecha, advierte que los precios en surtidor están atrasados 12%.

El litro de nafta súper cuesta alrededor de $100 (casi lo mismo que un sachet de leche). De manera que, según las estaciones de servicio, debería valer $112.

El precio actual equivale a un dólar al tipo de cambio mayorista oficial y menos de 50 centavos de dólar si se lo divide por los precios de los paralelos. Estos valores tan bajos están a contramano de lo que ocurre a nivel mundial. En el exterior, el precio de los combustibles está tan alto que generó que el presidente de Estados Unidos, Joe Biden, libere 50 millones de barriles de petróleo de las reservas estratégicas del país para controlar la inflación,

El Gobierno postergó este miércoles la suba de impuestos a las naftas que se esperaba para hoy. Así lo dispuso a través de un decreto publicado en el Boletín Oficialy estableció que se aplicará recién el 1 de marzo de 2022.

Está establecido que los impuestos a los combustibles se actualizan en forma trimestralde acuerdo al Índice de Precios al Consumidor que mide el Indec. No obstante, desde finales de la administración de Mauricio Macri y en varias oportunidades durante la gestión de Alberto Fernández se fueron trasladando hacia adelante para evitar incrementos en las estaciones de servicio.

Según se revisó en el decreto 820/2021 firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Luis Manzur, y el ministro de Economía, Martín Guzmán, en la actualidad, conforme a lo dispuesto por el Decreto N°352/21, “el incremento en los montos de impuestos precitados derivados de las actualizaciones correspondientes al primer y segundo trimestres calendario del año 2021, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil”se encontraban postergados hasta el 30 de noviembre inclusive.

Asimismo, explicaron que debido a que se trata de impuestos al consumo, y dado que la demanda de las naftas líquidas es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles. Por tanto, con el fin de asegurar “una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios”, el Gobierno decidió postergar una vez más este incremento.

En la medida mencionaron que el oficialismo busca tratar en el Congreso de la Nación el Proyecto de Ley del Régimen de Promoción de Inversiones Hidrocarburíferas, impulsada por el Poder Ejecutivo, que plantea una reforma de los impuestos en cuestión para establecer el tributo como alícuotas porcentuales del precio de los combustibles líquidos y no como una actualización trimestral por inflación.

La última vez que aumentaron los precios de los combustibles en la Argentina fue el 16 de mayo pasado, hace más de seis meses. En un país con devaluación de la moneda del 1% mensual e inflación arriba del 3%, más los factores externos, como el incremento de 24% de la cotización del Brent (el valor internacional del barril de petróleo que se toma de referencia en el mercado doméstico), la cámara que agrupa a las 5006 estaciones de servicio del país, Cecha, advierte que los precios en surtidor están atrasados 12%.

El litro de nafta súper cuesta alrededor de $100 (casi lo mismo que un sachet de leche). De manera que, según las estaciones de servicio, debería valer $112.

El precio actual equivale a un dólar al tipo de cambio mayorista oficial y menos de 50 centavos de dólar si se lo divide por los precios de los paralelos. Estos valores tan bajos están a contramano de lo que ocurre a nivel mundial. En el exterior, el precio de los combustibles está tan alto que generó que el presidente de Estados Unidos, Joe Biden, libere 50 millones de barriles de petróleo de las reservas estratégicas del país para controlar la inflación,

23rd agosto, 2021, 12:12 PM

En el marco de las políticas de control fiscal que llevan adelante la Dirección de Fiscalización y el Departamento Inteligencia Fiscal de la Administradora Tributaria Provincial (ATER) esta semana se dieron a conocer los primeros resultados de una serie de operativos cuyo saldo arrojó la detección y recupero de más de 400 millones de pesos por parte de un grupo de empresas que desde 2018 a la fecha aplicaban mecanismos técnicos en la determinación del tributo resultando un impuesto menor al que legalmente correspondía, en el impuesto a los ingresos brutos.

El Director Ejecutivo de ATER, Germán Grané manifestó en primer lugar satisfacción por el logro alcanzado en la tarea de control por parte del organismo, poniendo en valor uno de los ejes estratégicos de la gestión que es el fortalecimiento del control en la búsqueda permanente de la equidad tributaria.

«A partir de reestructuraciones estratégicas y los nuevos desarrollos tecnológicos volcados también a la acción de control, estamos dando pasos significativos en materia del ejercicio de la equidad, en tanto estos resultados ponen en evidencia una vez más el flagelo y debate sobre la evasión fiscal» .

En esa línea, mostró su preocupación y lo prioritario que significa combatir las acciones o maniobras tendientes al no pago de impuestos, en cualquiera de sus tipificaciones, resaltando que «el plano tributario y la real capacidad contributiva son determinantes al momento de construir una comunidad más equitativa» dijo.

En ese sentido, agregó que las acciones que lleva adelante la administradora están orientadas a que se paguen impuestos según la real capacidad económica de forma que la provincia pueda invertir esos recursos en el impulso del desarrollo productivo, la infraestructura y los servicios públicos.

El primer operativo de control involucró a un grupo de 70 firmas de alto poder contributivo asentadas en la provincia e inscriptas en convenio multilateral del impuesto a los ingresos brutos. De un total de 300 empresas actualmente en estudio pertenecientes mayoritariamente al rubro servicios se intimaron, rectificaron y aplicaron sanciones al primer grupo por 400 millones con las primeras acciones.

Desde 2020, ATER lleva adelante un riguroso programa de control desde la Dirección de Fiscalización y el departamento de inteligencia fiscal, enfocado a los grupos de contribuyentes de mayor poder contributivo asentados en la provincia y segmentos específicos en lo referido a tributos declarativos a quienes se monitorea minuciosamente de forma electrónica, que incluye cruzamientos de datos propios y coordinación con organismos nacionales como AFIP.

Desde el área de fiscalizaciones remarcaron que tras la detección de las maniobras y desplegado el procedimiento de ley que inicia con las intimaciones de rigor, las firmas en infracción rectificaron las declaraciones ante el fisco y abonaron las sanciones aplicadas y los tributos que dejaron de pagar.

Controles más intensos

A la luz de estos primeros resultados, desde ATER adelantaron que se está trabajando intensamente sobre otros sectores de alta capacidad contributiva, entre los que se destacan los propietarios de vehículos de alta gama con irregularidades en la inscripción de sus vehículos, los cuales en breve serán intimados.

Finalmente, desde el organismo anticiparon que los operativos en cuestión continúan realizándose y se extenderán en los próximos meses.

8th junio, 2021, 1:12 PM

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aplicó en los últimos días una suba del aporte jubilatorio de los monotributistas del 35,3%, con una deuda retroactiva a enero. 

Además, la AFIP actualizó los valores de las categorías, con lo que reubicó a los más de 4.000.000 de afectados. Sin embargo, en los años anteriores, las actualizaciones se hacían a principios de año, entonces, los contribuyentes veían de inmediato los aumentos. 

Por su parte, en diálogo con el consultor tributario Sebastián Domínguez afirmó que la demora se debía al congelamiento de las jubilaciones y a que, según él, el Congreso tardó dos meses en tratar el tema y la AFIP, otros 60 días en reglamentar la ley. 

Además advirtió que el Estado no iba a buscar a quiénes trabajaban de manera informal, y que siempre se pensaba en una suba de impuestos y no en una reforma tributaria integral. Al mismo tiempo recalcó que el Gobierno pensaba en un aumento al importe de Bienes Personales, que ya es del 2,25%.  

Asimismo, Domínguez enfatizó en que el organismo tenía que haber hecho la compensación entre los saldos a favor y a pagar, aunque resaltó que por ley, no se le podía exigir al contribuyente una deuda si ya se había abonado la alícuota. 

No obstante resaltó que, si bien se elevó un proyecto de ley para cambiar la reglamentación de AFIP, como era un año electoral, los legisladores pensaban solo en los comicios. 

2nd junio, 2021, 9:07 AM

El SAC se paga en dos cuotas semestrales que representan el 50% del total: la primera en junio y la segunda en diciembre.
En junio, los trabajadores en relación de dependencia deben cobrar el primer pago del aguinaldo o Sueldo Anual Complementario (SAC). Ese ingreso se paga en dos cuotas semestrales que representan el 50% del total: la primera en junio y la segunda en diciembre.

Cuándo se paga el aguinaldo
Según el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo, la primera cuota del aguinaldo se abona con vencimiento el 30 de junio y la segunda, con vencimiento el 18 de diciembre.

Sin embargo, la legislación admite un período de tolerancia de hasta cuatro días hábiles de demora.

Cómo se calcula
Para calcular el aguinaldo se debe tomar el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto (sueldo básico, horas extra y cualquier otro extra percibido) dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

Ambos se calculan sobre los 6 meses próximos anteriores, es decir que en el sexto mes se obtiene en base a los sueldos de enero a junio, mientras que el aguinaldo de diciembre se calcula en base a los sueldos de julio al último mes del año.

En el caso de los trabajadores que tienen menos de un año de antigüedad, el aguinaldo se liquida según los meses trabajados mediante dos fórmulas posibles. Una es dividir el mejor sueldo a la mitad, volver a dividir nuevamente ese monto por seis y multiplicar el resultado por los meses trabajados. La otra es multiplicar los meses trabajados por la mitad del mejor sueldo mensual y, a ese resultado, dividirlo por seis.

En cuanto a los empleados que no hayan trabajado el semestre completo, el aguinaldo se calcula según la siguiente fórmula: el tiempo real trabajado durante el semestre se debe multiplicar por la mitad del mejor salario recibido y, a este total, se lo divide por seis.

Cómo calcular otros conceptos
-Horas extras y comisiones: Ambas se deben sumar al monto del salario del mes en el que fueron abonadas con el fin de calcular la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto.

-Modificación de horarios por mutuo acuerdo: Si el trabajador realiza una jornada inferior a la normal a lo largo del semestre por un acuerdo entre las partes, se debe computar nuevamente el mes con mayor remuneración sin considerar el tiempo de trabajo.

-Retroactividades: No corresponde sumarlas al mes en que se abonan, sino prorratearlas entre los meses en que se han devengado.

-Exclusión de conceptos no remunerativos: Se deben excluir todos los conceptos o rubros que, aunque se abonen conjuntamente con la remuneración, no tienen naturaleza remuneratoria o salarial. En este sentido, quedan excluidos de la base del aguinaldo, entre otros, los siguientes conceptos: licencia por maternidad, licencias sin goce de sueldo y beneficios sociales.

-Impuesto a las Ganancias: El aguinaldo no pagará este impuesto porque fue eximido gracias a la nueva modificación de la ley aprobada por el Congreso este año.

23rd septiembre, 2019, 10:28 AM

El esquema previsto en la Resolución 432/19 ATER representa una medida de excepción, en tanto se espera un cambio de rumbo y condiciones del modelo económico nacional, y busca sostener y contener la situación de regularidad fiscal de empresas con problemas económicos y financieros.

Las principales características del Programa de Regularidad Fiscal:

• Para deudas vencidas al 31 de agosto. Para acceder al programa se deben tener pagas las obligaciones que venzan con posterioridad.

• Posibilidad de pago en hasta 36 cuotas.

• El porcentaje de anticipo va del 5 a 10 por ciento según la cantidad de cuotas elegidas y se duplica si la deuda ya se encuentra en estado judicial.

• No implica quita de accesorios devengados.

• Los contribuyentes se categorizan según su nivel de deuda:

A) personas humanas hasta 100.000 pesos de deuda actualizada,

B) los que no entran en A, hasta 1 millón de pesos de deuda actualizada,

C) con deuda actualizada de más de 1 millón de pesos.

En otro orden, el plan establece que las categorías definen algunos requisitos, el valor de la cuota mínima y el canal para tramitarlo (vía web para B y C).

En materia de tasas de interés, explicaron que será por debajo de las de mercado, en tanto van del 1,5 al 2,5 por ciento, según el plazo de pago elegido.

Por otro lado, y a diferencia de otros regímenes, advirtieron que las acciones de cobranza del organismo continuarán con normalidad en tanto no se ingrese al programa.

Finalmente invitan a comunicarse con el Servicio de Asistencia al Ciudadano (SAC) de ATER al 0810-888-2837 o visitar la web del organismo para más detalles.